Federación Entrerriana de Mutuales – FEDEM

La UIF actualizó la normativa de Cooperativas y Mutuales

La Resolución N° 99/2023 comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2023, y tiene por objetivo la adopción del enfoque basado en riesgo, según el cual, los sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos.

Se publicó en el Boletín Oficial la nueva Resolución UIF N° 99 /2023 que fija las obligaciones que los sujetos obligados de asociaciones mutuales y cooperativas deberán cumplir para gestionar los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) con un enfoque basado en riesgo.

El proceso de redacción de la flamante medida contó con la participación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en el marco de lo previsto en el artículo 14, inciso 10 de la Ley N° 25.246, realizándose además un intercambio con las federaciones y confederaciones que nuclean al sector.

El principal objetivo de la reforma es la adopción del enfoque basado en riesgo, según el cual, los sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos, a fin de prevenir de manera más eficaz el LA/FT, en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

A   raíz   de   esto,   se   incorporan   una   serie   de   definiciones   importantes relacionadas con prevención como autoevaluación de riesgos, efectividad del sistema preventivo, políticas, procedimientos y controles, alertas orientativas que sirven de guía para los SO, así como también el establecimiento de reportes sistemáticos de cumplimiento mensual y anual, entre otras.

En función de la segmentación propuesta por el INAES, la normativa establece para los SO que realizan únicamente el servicio de gestión de préstamos o que otorgan   préstamos   personales   mediante   fondos   provenientes   de   recursos propios y de cobro por deducción o recibo de haberes, la posibilidad de confeccionar el informe técnico de autoevaluación y su metodología, presentar la   declaración   de   tolerancia   al   riesgo,   el   informe   del   revisor   externo independiente y el reporte sistemático anual, cada dos años.

La Resolución UIF N° 99/2023 comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2023, fecha en la cual quedará derogada la Resolución UIF N° 11/2012.

Acceso a la Resolución UIF Nº 99/2023

Desde el Consejo Directivo de FEDEM se aclara que es esencial el cumplimiento de la norma.

 

Buscador
Search
Compartir