¿Qué son las mutuales?
Las mutuales son asociaciones civiles sin fines de lucro, basadas en la solidaridad y la ayuda mutua entre sus integrantes. Su principal objetivo es brindar servicios y beneficios a sus asociados, promoviendo el bienestar colectivo y el desarrollo social.
Estas entidades surgen del compromiso y la cooperación de sus miembros, quienes se organizan para ofrecer soluciones en áreas como salud, educación, vivienda, recreación, previsión social, entre otras. Las mutuales se rigen por principios como la equidad, la participación democrática y la autogestión, siendo pilares fundamentales del sistema de economía social.
En Entre Ríos, las mutuales tienen un rol protagónico en la construcción de comunidades más justas y solidarias, fomentando el desarrollo local y fortaleciendo el tejido social.
Mutuales asociadas
Legislación entrerriana
Sobre el Mutualismo en la Constitución de Entre Ríos
SECCIÓN II RÉGIMEN ECONÓMICO, DEL TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ARTÍCULO 76 Estimulará la tendencia cooperativista, mutualista, asociativista, y la conformación de empresas de la economía social, basadas en los principios del bien común y en la gestión solidaria. Protegerá las organizaciones de ese carácter, fomentando su desarrollo, asistencia técnica y fiscalización, garantizando su naturaleza y finalidad. Controlará que las cooperativas de trabajo sean fuente de empleo decente. En las licitaciones y concesiones de servicios públicos que realice el Estado, en igualdad de condiciones, serán preferidas estas organizaciones. Alentará la propiedad y gestión cooperativa de empresas por sus trabajadores. Difundirá el pensamiento y la educación cooperativista, mutualista y asociativista. Brindará tratamiento impositivo adecuado a su naturaleza, y podrá concederles exenciones fiscales a las que colaboren con el desarrollo de la Provincia.
SECCIÓN X EDUCACIÓN COMÚN
ARTÍCULO 260 Los lineamientos curriculares para cada nivel educativo obligatorio, integrarán, de manera transversal, educación con: cultura, derechos humanos, culturas ancestrales, cooperativismo y mutualismo, educación sexual, para la paz y para la no violencia, trabajo, ciencia y tecnología. La educación ambiental, los lenguajes artísticos, la educación física y el deporte escolar son inherentes a la Educación Común. Los institutos de formación superior y del personal de seguridad incluirán los derechos humanos en sus planes de estudio.
Ley 10.405
El 12 de Noviembre de 2015, la Provincia de Entre Ríos adhiere a Ley Nacional Nº 20.321 de Asociaciones Mutuales y su modificatoria Ley Nacional Nº 25.374